Los valores de Bolsa de Aguas de Tenerife, S.A. se sustentan sobre la responsabilidad, la confianza y la integridad. El Canal de Denuncias es la herramienta a través de la cual cualquier persona vinculada a la organización puede informar, de forma confidencial y sin temor a represalias, sobre posibles irregularidades o incumplimientos.
Establecer el cauce para comunicar posibles infracciones normativas en el marco de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, garantizando la confidencialidad, la posibilidad de anonimato y la protección de las personas informantes.
Pueden presentar comunicaciones empleados y exempleados, candidatos, becarios y personas en prácticas, autónomos, accionistas, proveedores, contratistas y subcontratistas, y cualquier persona que mantenga un vínculo profesional con Bolsa de Aguas de Tenerife, S.A.. No es necesario identificarse ni iniciar sesión.
Para facilitar la investigación, la comunicación debería incluir:
No debe enviarse ningún dato personal que no sea claramente relevante para la comunicación, ni datos especialmente protegidos salvo que resulten imprescindibles para describir los hechos.
Recibida la comunicación, se realiza una evaluación inicial de su contenido para determinar si cumple los requisitos mínimos para continuar con la investigación. Cada comunicación genera un código identificador que permite su seguimiento posterior. El Responsable del Sistema Interno de Información vela por que la investigación se desarrolle conforme al procedimiento establecido, con plena autonomía e independencia.
Si la persona informante facilita una dirección de correo electrónico, recibirá en ella las notificaciones de los distintos pasos de la investigación o del eventual archivo del expediente. Cuando la conducta comunicada pudiera ser constitutiva de delito, se procederá a su comunicación al Ministerio Fiscal o a la remisión a la autoridad u organismo competente. En el caso de que los hechos afecten a los intereses financieros de la Unión Europea, se remitirán a la Fiscalía Europea.
Acuse de recibo de la comunicación en un plazo máximo de 7 días naturales desde su recepción (salvo que ello pueda comprometer la confidencialidad de la comunicación) y respuesta en un plazo máximo de 3 meses, ampliable motivadamente por otros 3 meses en casos de especial complejidad.
La comunicación puede realizarse de forma identificada o anónima. Si se opta por el anonimato, la organización no podrá ponerse en contacto con la persona informante, que únicamente podrá conocer el progreso del estado de su expediente accediendo a la opción de seguimiento con su código y clave.
Tanto la persona informante como las personas afectadas tienen derecho a la preservación de su identidad, en los términos previstos en el artículo 32 de la Ley 2/2023. La identidad de la persona informante será tratada de forma reservada y solo podrá ser comunicada a la Autoridad judicial, al Ministerio Fiscal o a la autoridad administrativa competente en el marco de una investigación penal, disciplinaria o sancionadora.
Queda prohibida toda represalia, incluidas las amenazas y tentativas, contra las personas que comuniquen información de buena fe (artículo 36 de la Ley 2/2023). Las personas informantes podrán acogerse a las medidas de apoyo y de protección frente a represalias que la Ley recoge en sus artículos 37 y 38.
El uso del canal es voluntario y las informaciones deben hacerse, en todo caso, de buena fe. No se amparan las actuaciones que resulta indispensable excluir de la protección, tales como la remisión de informaciones falsas o tergiversadas, así como las obtenidas de manera ilícita. Comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad constituye una infracción muy grave, para la que la Ley 2/2023 prevé multa de 30.001 a 300.000 euros para las personas físicas que la cometan [artículos 63.1.f) y 65.1.a)].
Puede solicitarse presentar o ampliar la comunicación mediante reunión presencial. Las comunicaciones verbales se documentarán, previo consentimiento de la persona informante, mediante (a) una grabación de la conversación en un formato seguro, duradero y accesible, o (b) una transcripción completa y exacta de la conversación realizada por el personal responsable de tratarla. Se ofrecerá a la persona informante la oportunidad de comprobar, rectificar y aceptar mediante su firma la transcripción de la conversación.
Con independencia de este canal interno, la persona informante puede dirigirse en cualquier momento a los canales externos y autoridades competentes.
El tratamiento de los datos personales derivado del uso de este canal se realiza conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y a la Ley 2/2023. Consulte la información sobre protección de datos.
La identidad de la persona informante es confidencial. Queda prohibida cualquier represalia.
Si lo prefiere, puede dirigirse a los canales externos de denuncia.
Sistema Interno de Información de Bolsa de Aguas de Tenerife, S.A..